EQUIVALENCIA DE NIVEL SUPERIOR
Según el Art. 131 de las Normas Académicas de la Educación Superior.– EQUIVALENCIA es la convalidación que cada centro de educación otorga por estudios de educación superior para darle valor académico con relación a un Plan de Estudios. Se podrá conceder equivalencia siempre y cuando el curso sea de igual o similar contenido y peso académico. Para fines de equivalencia ningún centro exigirá una calificación superior al mínimo establecido en las presentes Normas Académicas. La calificación no se consignara en el historial académico del estudiante.
TIPOS DE EQUIVALENCIAS
EQUIVALENCIAS INTERNAS: son las que se otorgan a los estudiantes por cambio de carrera en la misma institución y dentro de estas se reconocen las siguientes:
1. Equivalencias Automática.
2. Equivalencias por cambio de carrera.
EQUIVALENCIAS EXTERNAS: son las que se otorgan a los estudiantes que han realizado estudios en instituciones nacionales o extranjeras del nivel superior que el consejo de Educación Superior, en su caso, y la UNAH reconoce y son las siguientes:
1. Equivalencia Automática de Formación General.
2. Equivalencias de asignaturas generales y optativas no obligatorias y de formación específica.
3. Equivalencias de Universidades Extranjeras.
4. Equivalencias bajo convenios que conlleven a la movilidad.
¿DÓNDE PUEDO REALIZAR EL TRÁMITE DE EQUIVALENCIAS?
Los estudiantes de la UNAH, debidamente matriculados que quieran solicitar equivalencias Automáticas o por cambio de carrera deben avocarse en la coordinación de carrera para orientación sobre el trámite.
Los Estudiantes provenientes de otra Universidad Nacional: Pública o Privada que habiendo cumplido con los requisitos de ingreso en la UNAH y estén debidamente matriculados; previo a presentar solicitud de equivalencia en la Secretaría General, deberá avocarse con el Coordinador de carrera para asesoría.
Los estudiantes provenientes de Universidades Extranjeras que habiendo cumplido con los requisitos de ingreso en la UNAH y estén debidamente matriculados; previo a presentar solicitud de equivalencia en la Secretaría General, deberá avocarse con el Coordinador de carrera para asesoría.
El otorgamiento de equivalencias para estudiantes cubiertos bajo convenios, se enmarcarán bajo el principio de reciprocidad y de los alcances del convenio, para el cumplimiento de los aspectos académicos-administrativos correspondientes.- Se reconocerán equivalencias automáticas solamente en aquellos casos en los que los estudiantes hayan cumplido requisitos previos para el visto bueno de las asignaturas o espacios de aprendizaje, por lo que antes de salir a cursar estudios al extranjero deberán presentar ante la Coordinación de Carrera respectiva el plan de asignaturas o espacios de aprendizaje a cursar en el extranjero. La Coordinación de Carrera respectiva generará, de forma expedita, la autorización correspondiente con el visto bueno de la Secretaría de la Facultad; y se presenta solicitud de equivalencia en la Secretaría General
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